A- de 2023
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Juzgado Cuarenta Y Cuatro De Pequeñas Causas Y Competencia Multiple De Bogota·Demandado Cruz Castaño Magally Cecilia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Corte Constitucional carece de competencia para dirimir conflicto
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Bogotá y la Procuraduría Segunda Distrital de Instrucción de Bogotá.
Dicha controversia se originó respecto a la competencia para conocer un proceso disciplinario adelantado en contra de la auxiliar de justicia- secuestre- por presuntas irregularidades que tuvieron lugar en el marco de un proceso declarativo.
La Sala Plena encuentra que esta oportunidad no hay lugar a pronunciarse de fondo respecto del presente asunto comoquiera que la controversia suscitada no corresponde a un conflicto entre jurisdicciones.
Por el contrario, se trata de un conflicto de competencias entre la Comisión Seccional de Disciplina Judicial Bogotá (autoridad que ejerce funciones disciplinarias judiciales) y la Procuraduría Segunda Distrital de Instrucción de Bogotá (autoridad en ejercicio de funciones disciplinarias administrativas).
Por esta razón, se optará por una decisión inhibitoria en lo que respecta a la resolución de la colisión de la referencia.
En consecuencia, esta Corte remitirá el expediente a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para que resuelva el conflicto suscitado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia debido a la falta de competencia, de conformidad con los argumentos expuestos en la parte motiva de esta providencia.
- Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIRLE el expediente CJU-3416 a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado para que resuelva el conflicto de competencia suscitado y para que comunique la presente decisión a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.